Asistencia de Desempleo por Desastre Después de los Huracanes Irma y Maria: Puerto Rico y las Islas Vírgenes de los Estados Unidos

Actualizado el 12 de enero de 2018

Dos de los huracanes más poderosos del Atlántico jamás registrados llegaron a los territorios de los Estados Unidos de Puerto Rico y las Islas Vírgenes de los Estados Unidos en el Caribe. El Huracán Irma llegó primero, con impactos horribles en las islas de St. John, St. Thomas, Culebra, Vieques y el noreste de Puerto Rico. Solo dos semanas después, el Huracán María llegó con efectos aún más catastróficos, especialmente en St. Croix y en todo Puerto Rico.

Tras estas terribles tormentas, las personas de estos territorios – quienes son ciudadanos de los Estados Unidos–han tenido problemas para obtener las necesidades básicas de comida, agua, vivienda y atención médica. Los pagones masivos y el daño generalizado a las telecomunicaciones, el transporte y la infraestructura económica han obstaculizado los esfuerzos de recuperación. Se ha desarraigado la vida y el sustento de un número incalculable de trabajadores; muchos han perdido sus trabajos o no han podido trabajar; muchos lugares de trabajo han sido cerrados total o parcialmente.

Estas condiciones hacen más difícil obtener el acceso a programas cruciales de apoyo a los ingresos. Aún así, para los trabajadores desempleados como resultado de estos huracanes, la Asistencia de Desempleo por Desastre (DUA) y los beneficios de Desempleo Normal pueden proporcionar al menos un reemplazo parcial del ingreso por una temporada.

¿Qué es Asistencia de Desempleo por Desastre (DUA)?

Asistencia de Desempleo por Desastre (DUA, por sus siglas en inglés), es un federal especial que brinda ayuda monetaria a corto plazo a trabajadores que están desempleados debido a un desastre declarado por el presidente. En septiembre 2017, el Presidente de los Estados Unidos declaró una zona de desastre debido al Huracán Irma y al Huracán Maria en las islas de Puerto Rico y las Islas Vírgenes de los Estados Unidos.

DUA en Puerto Rico

DUA está disponible en todas las 78 municipalidades, debido al desastre declarado después del Huracán Maria. DUA está disponible en estas 10 municipalidades debido al desastre declarado después del Huracán Irma: Canovanas, Catano, Culebra, Dorado, Fajardo, Loiza, Luquillo, Toa Baja, Vega Baja, Vieques.

A partir del 12 de enero de 2018, el plazo de presentación de reclamaciones se extendió hasta el 9 de febrero de 2018.

Como Aplicar Para DUA

Presente su solicitud en la misma manera que lo haría para solicitar beneficios normales. Puede presentar su solicitud en la computadora, por teléfono o en persona en Puerto Rico. (Nota: El Departamento de Trabajo y Recursos Humanos (DTRH) urge aplicar en persona. Vea http://www.trabajo.pr.gov/det_news.asp?cnt_id=572.) Para los puertorriqueños desplazados, buscar ayuda y solicitar beneficios en el estado donde estén actualmente.  En Nueva York, puede solicitar un reclamo llamando a Central Telefónica de Reclamos al (888) 209-8124 de 8 am a 5 pm, de lunes a viernes.

Puerto Rico Sitio de web: http://www.trabajo.pr.gov/index.asp

Teléfono: 787-945-7900, lunes a viernes, 7:00 a.m. to 4:30 p.m.

En Persona: Puede llenar su solicitud en persona en las oficinas de Servicio del Empleo: http://www.trabajo.pr.gov/det_content.asp?cn_id=25

O a los Centros Americanos de Empleos alistado aquí: http://www.careeronestop.org/localhelp/americanjobcenters/find-american-job-centers.aspx?location=Puerto Rico

 

DUA en las Islas Vírgenes de los Estados Unidos

DUA está disponible en todas las islas de las Islas Vírgenes de los Estados Unidos, debido al desastre declarado después del Huracán Maria, y en las islas de St. Thomas y St. John debido al desastre declarado después del Huracán Irma.

La fecha límite para solicitar beneficios debido a Huracán Irma es el 29 de diciembre.

La fecha límite para solicitar beneficios debido a Huracán Maria es el 29 de diciembre.

Como Aplicar Para DUA en las Islas Vírgenes

Por razón de problemas del teléfono y servicios del internet en las islas, personas pueden presentarse para solicitar beneficios de DUA y del desempleo normal en los lugares enumerados abajo. Para la gente desplazados, buscar ayuda y solicitar beneficios en el estado donde estén actualmente. (Nota: Las líneas de teléfono enumeradas abajo puedan o no tener servicios disponibles, y no se puede aplicar para beneficios en la computadora.)

U.S. Virgin Islands En persona: Puede solicitar beneficios en estos lugares:

St. John: La Legislatura de las Islas Vírgenes de los EE. UU., St. John Annex, 1D Cruz Bay, de 10 a.m. a 3 p.m. lunes, miércoles y viernes.

St. Thomas: El Departamento de Labor de las Islas Vírgenes de los EE. UU. a 2353 Kronprindsens Gade, St. Thomas, de 9 a.m. a 4 p.m., lunes a viernes.

St. Croix: Escuela primaria de Juanita Gardine (cuartos 102 y 103), de 11 a.m. a 4 p.m., lunes a viernes.

Teléfono: (340) 773-1994 or (340) 776-3700

Sitio de web: http://www.vidol.gov

Para ver la lista actual de declaraciones de desastre o emergencia, visite el sitio web de la Agencia Federal para el Manejo de Emergencias (FEMA, por sus siglas en inglés): www.fema.gov/disasters.

¿Quién es Elegible para DUA?

Un trabajador puede ser elegible para DUA si:

  • No es elegible para recibir beneficios de desempleo normales en cualquier estado; y
  • Quedó desempleado como consecuencia directa del desastre. Por ejemplo, si:
    • No puede conseguir trabajo debido al desastre;
    • No puede trabajar porque su lugar de trabajo quedó dañado debido al desastre;
    • Tenía programado comenzar un trabajo, pero este se dio por terminado debido al desastre; o
    • Sufrió una lesión debido al desastre y ahora no puede trabajar.

¿Puedo Recibir DUA si Tenía mi Propia Empresa?

Si, puede ser elegible para DUA si está empleado por cuenta propia y perdió su empresa o su empresa tuvo que dejar de operar por mucho tiempo debido al desastre.

¿Tengo que Solicitar DUA Más de Una Vez?

No tiene que volver a aplicar para los beneficios más de una vez. Si es elegible para DUA, para seguir recibiendo los beneficios, tiene que:

  • Estar buscando trabajo;
  • Estar en condiciones de trabajar; y
  • Estar dispuesto a trabajar si le ofrecen un trabajo adecuado.

También tiene que demostrar que su desempleo continúa siendo el resultado directo del desastre, y no se debe a otra razón.

¿Qué Pasa si Mi Trabajo no está en un Área de Desastre, Pero Fui Afectado por el Desastre?

Si su empleador (o usted, si está empleado por cuenta propia) perdió dinero o contratos debido a actividades comerciales dentro del área de desastre, puede ser elegible para DUA.

Tiene que demostrar que:

  • La mayoría de los ingresos de la empresa provinieron de una organización que:
    • Estaba ubicada en la zona de desastre; y
    • Sufrió daños o fue destruida en el desastre; y
  • La razón por su desempleo está directamente relacionada con el desastre.

¿Los Trabajadores de Campo Son Elegibles para Recibir DUA?

Si, algunos pueden ser elegibles si primero no califican para desempleo normal. Si no son elegibles debido a su bajo nivel de ganancias, todavía pueden recibir DUA.

¿Los Trabajadores Inmigrantes Pueden Recibir Beneficios de DUA?

En general, los trabajadores inmigrantes elegibles pueden recibir beneficios si sus permisos de trabajo eran válidos cuando estaban trabajando y siguen siendo válidos durante el periodo en que cobran los beneficios. Nota: Generalmente, las personas nacidas en Puerto Rico y las Islas Vírgenes de los Estados Unidos son ciudadanos de los EE.UU., y por esa razón no se les considera inmigrantes.

¿Cómo Pueden Demostrar los Trabajadores Inmigrantes que Tenían Permisos de Trabajo Válidos?

Las personas que no son ciudadanas de los Estados Unidos tienen que presentar un comprobante de su condición migratoria legal y su autorización de trabajo ante la agencia de desempleo estatal. La agencia estatal verificará su condición migratoria por medio del Programa de Verificación Sistemática de los Derechos de Extranjeros (SAVE, por sus siglas en inglés). El programa SAVE es administrado por USCIS. Nota: Generalmente, las personas nacidas en Puerto Rico y las Islas Vírgenes de los Estados Unidos son ciudadanos de los EE.UU., y por esa razón no se les considera inmigrantes.

¿Cuánto Podrá Recibir en Beneficios de DUA?

Es el mismo monto que recibiría si hubiera solicitado beneficios de desempleo normales. La cantidad depende de cuánto ganó en sus empleos anteriores. Los beneficios se pagan semanalmente.

En Puerto Rico:

  • Beneficio mínimo por semana: $59
  • Beneficio máximo por semana: $133

En las Islas Vírgenes:

  • Beneficio mínimo por semana: $167
  • Beneficio máximo por semana: $480

¿Cuánto Duran los Beneficios de DUA?

Los beneficios de DUA en casos de desastre solo pueden durar 26 semanas. Se dejan de pagar cuando el periodo de desastre termina oficialmente, lo cual ocurre 6 meses después de la fecha en la que se declaró el desastre (a menos que el Congreso extienda la fecha de vencimiento).

¿Puedo Recibir DUA si Estaba Trabajando en Horario Parcial?

Si, puede ser elegible para recibir beneficios de DUA en ese caso, pero sus beneficios se basarán en su horario parcial.

¿Qué Pasa si Recibí o Estoy Recibiendo Otros Beneficios Ahora?

Igual puede ser elegible para recibir beneficios de DUA. Al calcular sus beneficios de DUA, se tomará en cuenta cualquier otro beneficio o pago que haya recibido o esté recibiendo, como:

  • Pagos de seguro;
  • Compensación del trabajador; o
  • Beneficios de jubilación.

¿Puedo Recibir DUA, Aunque Vuelva a Trabajar?

Probablemente no. Llene su formulario de reclamo semanal para averiguar si sigue siendo elegible. Si está empleado en horario completo o la causa de su desempleo no es el desastre, no será elegible.

¿Cómo Solicito los Beneficios en caso de Desastre?

Vea las primeras páginas de esta hoja informativa para más información específica para Puerto Rico y las Islas Vírgenes:

¿Hay Una Fecha Límite para Solicitar DUA en Caso de Desastre?

Sí. La fecha límite para solicitar beneficios en Puerto Rico es el 9 de febrero de 2018.  La fecha límite para solicitar beneficios en las Islas Vírgenes es el 29 de diciembre.

¿Puedo Presentar la Solicitud Después de la Fecha Límite?

No, a menos que pueda comprobar que tiene una razón válida y legal (motivo justificativo) por haberse excedido de la fecha límite, como por ejemplo si estuvo hospitalizado.

¿Puedo Solicitar Ayuda Después del periodo de Desastre?

No, no puede presentar la solicitud después del periodo de desastre.

¿Qué Información Necesito para Solicitar DUA?

Cuando solicite los beneficios de DUA, le pedirán información sobre:

  • Su empleo anterior;
  • Lo que ganaba cuando estaba empleado; y
  • Su número del Seguro Social.

¿Tengo que Presentar un Comprobante de mi Empleo Anterior y Cuánto Ganaba?

Sí, pero tendrá alrededor de 3 semanas (aproximadamente 21 días) para presentar el comprobante.  Dígales que necesita más tiempo debido al desastre.

¿Puedo Recibir Beneficios Mientras Obtengo mi Comprobante?

Sí, puede recibir pagos provisorios hasta que encuentre sus documentos.  Pero si no puede demostrar que es elegible, es posible que tenga que devolver el dinero – porque recibió un “sobrepago.”

¿Qué Pasa si Perdí mis Registros Durante el Desastre?

Es posible que pueda:

  • Encontrar otro tipo de comprobante;
  • Proporcionar una declaración jurada firmada; u
  • Obtener copias de sus registros de impuestos sobre los ingresos.

Otros Servicios y Recursos Para los Trabajadores Afectados por el Huracán Irma y Sus Familias

Aquí hay una lista de otros recursos que pueden ser útiles:

El Proyecto Nacional de Derecho Laboral (NELP) es una organización sin fines de lucro que aboga por los derechos de los trabajadores desempleados. La información proporcionada en esta hoja informativa se basa en los mejores recursos a nuestra disposición sobre el programa DUA. No obstante, no se debe considerar como fuente de información oficial del gobierno sobre el programa DUA.

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