Asistencia de desempleo por desastre: cómo los trabajadores pueden acceder al programa después de los terremotos en Puerto Rico

Asistencia Federal para Desempleo por Desastres para Puerto Rico

Conozca sus derechos

Si usted se encuentra desempleada tras los terremotos recientes, usted podría cualificar para obtener fondos federales por 26 semanas de la “DUA” (Asistencia al desempleo debido a catástrofe), desde $66 hasta $190 USD de beneficio semanalmente. Estos fondos son procesados por el Departamento del Trabajo de Puerto Rico.

¿Quién es elegible?

Los beneficios federales llamados “DUA” están disponibles para cualquiera de las siguientes personas trabajadoras desocupadas:

• Personas que trabajan por cuenta propia que perdieron su negocio, sufrieron interrupciones de actividad substancial ocasionado directamente por los terremotos; o
• Personas trabajadoras cuyo lugar de trabajo se dañó a causa de los terremotos y no pueden cumplir su trabajo; o
• Personas trabajadoras que no pueden llegar a su lugar de empleo debido a los terremotos, o
• Personas desempleadas como consecuencia de una lesión causada por los terremotos

¿Hay requisitos?

Sí. Hay algunos requisitos principales para cualificar a los beneficios “DUA”:

• La persona debe estar desempleada como resultado directo de los terremotos en cualquiera de estas áreas designadas: Adjuntas, Arecibo, Cabo Rojo, Ciales, Corozal, Guánica, Guayanilla, Hormigueros, Jayuya, Juana Díaz, Lajas, Lares, Las Marías, Maricao, Mayagüez, Morovis, Orocovis, Peñuelas, Ponce, Sabana Grande, San Germán, San Sebastián, Utuado, Villalba y Yauco.
• La persona debe haber reclamado al seguro por desempleo regular (UI) y haberse determinado que no es elegible para recibir los beneficios en Puerto Rico o en los Estados Unidos
• Debe estar disponible para trabajar, excepto que se haya lesionado como consecuencia del desastre
• Una vez determinada su elegibilidad para “DUA”, la persona debe estar buscando trabajo activamente y aceptar ofertas de empleo que le sean convenientes.

¿Cuándo y como debo solicitarla?

Si tiene preguntas sobre su elegibilidad, asegure solicitar en el Departamento del Trabajo. Sin costo o multa alguna por la solicitud.

• ¡Debe apresurarse! Para cualificar, la persona debe llenar la solicitud dentro del plazo establecido, que es el 2 de abril de 2020.
• Para solicitar la “DUA”, contacte al Departamento del Trabajo de Puerto Rico, llamando al 787-945-7900 o al número de emergencia para víctimas de los terremotos, que es el 787-395-7328. Si se encuentra fuera de Puerto Rico, puede comunicarse al 787-395-7328. Para más información de cómo solicitar se encuentra disponible en http://www.trabajo.pr.gov, o visitando los módulos móviles de emergencia incluidos en la página de internet.
• La solicitud de la “DUA” requiere pruebas de empleo e ingresos, así como también el Número de Seguro Social. La prueba de empleo tiene plazo final a más tardar 21 días después de que se archivó la solicitud con el estado. Para los pequeños negociantes, se requiere copias de declaración de impuestos como prueba de ingreso y autoempleo.

¿Qué ocurre cuando la solicitud es aprobada?

• Los pagos de la “DUA” los hará el Departamento del Trabajo por todas las semanas de desempleo como consecuencia del desastre por el cual la persona solicitante es elegible.

Ejemplo: Si usted fue conductor de taxi desempleado en Ponce, que es una de las áreas de desastre designada, y perdió su empleo porque su vehículo se dañó o se destruyó como resultados del terremoto, usted puede colectar un mínimo de $66 y un máximo de $190 por cada semana que permaneció desempleado como resultado del terremoto por hasta 26 semanas.

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Encuentre más información sobre “Disaster Unemployment Assistance” en Puerto Rico aquí.

Encuentre mas información relacionada a sus derechos y reclamos
aquí: https://ayudalegalpr.org/issues/desastres-naturales

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